1. ¿Qué sucede si mi cónyuge transfiere activos a terceros antes de nuestra separación?
Si un cónyuge transfiere activos a un familiar, amigo, sociedad, fideicomiso u otro tercero antes
de la separación, las cuestiones principales suelen ser:
si la transferencia fue legítima;
si se recibió valor justo de mercado a cambio;
si la transferencia tuvo por objeto perjudicar o evitar la reclamación de igualación del
otro cónyuge;
si el activo debe seguir tratándose como parte del patrimonio familiar neto del cónyuge
que lo transfirió; y
si el tribunal debe ordenar una igualación desigual.
La igualación en Ontario se basa en el patrimonio familiar neto de cada cónyuge, que
generalmente se calcula valorando los bienes poseídos en la fecha de valoración, restando las
deudas y deduciendo ciertos bienes existentes en la fecha del matrimonio. Si un cónyuge reduce
intencionalmente sus bienes o actúa de mala fe, el tribunal puede ordenar una cantidad mayor o
menor que la igualación habitual cuando una división igualitaria sería inadmisible o injusta en
grado extremo.
Los posibles remedios pueden incluir:
órdenes de divulgación financiera;
rastreo de fondos;
órdenes de preservación de bienes;
medidas cautelares u órdenes que impidan una mayor disipación de activos;
contabilidad forense;
anulación de transacciones indebidas en circunstancias apropiadas;
una reclamación de división desigual conforme